En un concepto que le hizo llegar a la magistrada de la Corte Constitucional Gloria Stella Ortiz Delgado, la Procuraduría General le solicita restringir las manifestaciones excesivas de afecto, como besos, abrazos, miradas cálidas, guiñadas de ojos y aquellas «que se puedan producir en el marco de la patanería erótica y satánica», entre los alumnos de colegios y preescolares del país.
El procurador General, Alejandro Ordóñez Maldonado plantea en dicho texto que el manual de convivencia de cada institución debe poner y establecer los límites entre el estudiantado frente a cualquier muestra de afecto, «puerta de entrada del maligno». De presentarse una falta se establecerán las medidas necesarias, las cuales «en lo posible deberían cobijar castigo físico, para reprimir los designios de la carne y disciplinar el deseo».
La idea es «formar a los estudiantes en virtudes propias de un ciudadano, como la moderación, el recato, la castidad y la represión al comunismo”. .
El concepto se presentó en el marco de la acción de tutela presentada contra el fallo del Consejo de Estado que “desconoció los derechos” del estudiante Sergio Urrego, quien tomó la decisión de acabar con su vida debido a las presiones que sufrió por parte de las directivas del colegio por su orientación sexual.
Entrelíneas afirma el Procurador General que en este caso el manual de convivencia prohibía los besos y abrazos de sus estudiantes por lo que el colegio podía tomar los correctivos que considerara necesarios si considera que “existían manifestaciones de afecto excesivas o incluso algunas vulgares”.
En otro de los acápites señala que las “instituciones con orientación confesional católica” no pueden prohibir las tendencias homosexuales de su estudiantado, sin embargo si los puede aconsejar para que visite un urólogo que proceda a inhibir su producción de testosterona para que así el varón pueda ser una persona de bien, que coma carne rojas, libere sin recato sus flatulencias en el lecho matrimonial y sea un emprendedor a carta cabal”.